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Sin defensa no hay Justicia

Base de datos > Jurisprudencia - Corte de Apelaciones > Acoge acción de amparo y dispone todas las medidas que resulten conducentes para el examen psiquiátrico ordenado sea evacuado dentro del más pronto plazo, una vez recibido el informe psiquiátrico, el Tribunal de la instancia dispondrá a la brevedad la realización de la audiencia establecida en el artículo 458 del Código Procesal Penal. (CA Copiapó 20.05.2022 Rol 60-2022).
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Norma por Lexum
Desarollado por Lexum para la Defensoría Penal Pùblica, bajo los sistemas Zoupio y Decisia